Las solicitudes para obtener nacionalidad española se han multiplicado en la última década gracias a decretos que han buscado dar un nuevo impulso al país.
“La suma de las voluntades”, es entonces la idea que engloba el deseo del gobierno español para hacer más atrayente, legal y organizado el sistema de extranjería del país.
Aunado a ello, tocar la fibra nacional captando a todas aquellas personas que de una forma u otra están unidas a la sangre e idiosincrasia del país.
Y por aquellos que por motivos personales o zonales llegan a España a vivir para formarse y/o aplicar sus conocimientos, ayudando al progreso del mismo.
Por ello hoy sintetizamos los requisitos para obtener nacionalidad española, proceso que para muchos particulares puede ser estresante.
¿Qué reciben las personas al obtener nacionalidad española?
Los derechos y deberes de todo ciudadano español, desde el derecho a la educación, la salud y vivienda, igualdad ante la ley, el deber fiscal, de defensa patria y deber/derecho al voto.
No se pierde su nacionalidad natural ya que en España se permite la doble nacionalidad, de estar entre las permitidas por pactos internacionales.
Tendrá dos apellidos, ya que las leyes españolas así lo exigen, salvo solicitud de excepción; de no poseerlos, se duplicará el que tiene. Los nombres en caligrafía no derivada del latín se ajustarán por grafía y fonética.
Cómo obtener nacionalidad española
Los tres motivos principales son: por origen, opción o residencia.
Nacionalidad por origen
Es la que se obtiene al nacer en tierras españolas de padres de origen español.
De padres extranjeros de los cuales uno haya nacido en España.
Los de padres sin nacionalidad o de niños que no poseen nacionalidad en su país de origen por legislación.
Niños con padres desconocidos, pero que se presume nacieron en territorio español.
Menores de 18 años extranjeros, de manera automática. Los mayores de 18, luego de dos años de la aprobación de la adopción.
Nacionalidad por opción
Toda persona en el mundo cuyo padre o madre fuera español de nacimiento, esta es muy utilizada por hijos de inmigrantes. Similar ha quienes están bajo la patria potestad de un español.
Personas a las que se les determina quienes son sus padres luego de los 18 años. De constar que son hijos de españoles, tendrán 2 años para obtener nacionalidad española.
Las personas interesadas pueden hacer esta solicitud de nacionalidad por opción por su cuenta si cuentan con más de 14 años en el Registro Civil.
De ser menores o personas con capacidades reducidas, requerirán asistencia legal de un representante como bien se explica en esta web conocedora del tema de nacionalización.
De ser hijo de padre o madre española y se reside fuera de España, las solicitudes se realizan en el Consulado o Viceconsulado del país.
Nacionalidad por residencia
Esta se le otorga a los extranjeros que hayan residido en España durante 10, 5, 2 años (según origen y convenios entre países), de manera legal.
Deben poseer una visa o permiso de residencia, NIE y cumplir con los deberes fiscales y de ética que el país exige.
También se le da opción a obtener nacionalidad española a quienes hayan nacido en territorio español o quienes no ejercieron su derecho obtenerla por opción.
Quienes estén o hayan estado bajo el tutelaje de persona o institución española por dos años consecutivos.
Personas casadas con una persona de origen español por un año, so comprobación de convivencia total real.
Quienes hayan enviudado de un ciudadano español, previa comprobación de que no hubo separación de hecho o judicial.
Nacidos fuera de España con padres o abuelos de origen español.
No sólo debe cumplir con estas condiciones, también debe comprobarse su conducta cívica e integración a la idiosincrasia española, su historia y costumbres.
Todos los trámites se pueden realizar en el Registro Civil de la Comunidad Autónoma donde hace vida y/o desde su país de origen.
En ambos casos, se aconseja la búsqueda de asesoría legal de abogados expertos en extranjería, ya que cada proceso es de extenso papeleo y toma tiempo que puede no poseer ante compromisos laborales y familiares.
Recomendaciones generales
- Procure cumplir los lapsos de residencia legal que se le exigen.
- Tome en cuenta que deberá hacer exámenes para obtener nacionalidad española.
- Se comprobarán sus antecedentes penales y estado civil.
- Mantenga toda su documentación vigente, en orden, legalizadas ante los entes competentes con copias en papel y digitalizadas.
- Evite estar fuera de territorio español por más de tres meses mientras esté tramitando su nacionalidad.
Requisitos para obtener nacionalidad española
Al tener todas las condiciones anteriores cumplidas, llegará el instante de que quien desea obtener nacionalidad española comience el proceso formal.
Básicamente las tres opciones mencionadas se rigen bajo los siguientes requisitos a consignar en el Registro Civil, Consulados, Embajadas, sea de manera presencial o virtual.
Los documentos a entregar con soportes y planilla de presentación son:
Formulario de solicitud de opción por la nacionalidad española firmado por el solicitante. Debe indicar la vecindad civil por la que se opta.
Certificado literal de nacimiento del solicitante (original) con la Apostilla de La Haya, si el país de nacimiento es firmante del Convenio (Antigua y Barbuda, Bahamas, Dominica, San Cristóbal y Nieves, países Iberoamericanos) o legalizada primero por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de expedición y por la Embajada de España del país de expedición de dicho certificado.
Certificado literal de nacimiento de padre / madre español /a (original) que haya sido expedida en los últimos 6 meses por el Registro Civil español.
Dichos certificados se pueden solicitar en el site:
https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-nacimiento
Certificado literal de nacimiento del padre / madre no español (original) sean en español o inglés debidamente apostillado con la Apostilla de La Haya, si es un país firmante del Convenio, o legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de nacimiento y la Embajada de España en dicho país.
Pasaporte del solicitante y de ambos padres.
Prueba o constancia de residencia del menor y de los progenitores.
Libro de familia español o certificado de matrimonio de los padres. Si el matrimonio no está inscrito en el Registro Civil español, certificado de matrimonio local debidamente legalizado o apostillado.
Formulario de solicitud de inscripción de nacimiento, debidamente cumplimentada y firmada, que se puede descargar en http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/
Algunos otros requisitos que deben cumplimentarse según aplique a cada caso:
Aquí también hacemos énfasis en la sugerencia de consultar con un asesor legal, son los siguientes:
Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia y respeto a la Constitución y a las leyes de España.
Deber de renunciar a la nacionalidad anterior, excepto los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal con los que existen tratados internacionales, salvo que sea deseo del solicitante ser sólo ciudadano español.
Para quienes optan obtener nacionalidad española por residencia, la asesoría legal puede ayudarle a realizar dichos trámites, en especial a quienes llegaron al país a trabajar por cuenta propia o dependencia.