¿Qué es el despido disciplinario

Hay muchos tipos diferentes de despido que un empleador puede tomar contra un empleado. El tipo de despido más común es el despido disciplinario, que se utiliza cuando un empleado ha cometido faltas graves y culposas.

Sin embargo, también existen otros tipos de despido que se pueden utilizar en diferentes situaciones. Por ejemplo, el despido improcedente se utiliza cuando el trabajador ha sido despedido sin justa causa ni debido proceso.

Este tipo de despido es mucho menos común que el despido disciplinario, pero puede ser igual de devastador para el empleado. Otro tipo de despido es el despido objetivo. Se utiliza cuando la empresa atraviesa dificultades económicas y necesita reducir su plantilla.

Este tipo de despido a menudo se usa junto con un paquete de indemnización. Finalmente, está el despido nulo. Se utiliza cuando el despido se considera ilegal o nulo. Este tipo de despido es muy raro, pero puede tener graves consecuencias para la empresa.

Sin embargo, el hecho de que sea más subjetivo no significa que sea de opinión, ya que el despido disciplinario debe estar motivado y puede ser impugnado. De prosperar su demanda, el trabajador podría ser readmitido en la empresa o, como mínimo, recibir una indemnización por despido. Si tienes sobre todo dudas laborales, puedes accedes a este enlace.

¿Qué es el despido disciplinario

Las causas del despido disciplinario

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece las causas de despido disciplinario. Estos son:

  • Las inconsistencias con la frecuencia de asistencia o puntualidad son motivo de despido inmediato.
  • No faltes el respeto a tus superiores, colegas o empleadores y sus familias.
  • Un empleado debe notificarle con anticipación sobre cualquier cambio emitido a una rutina de trabajo establecida; el no hacerlo también puede constituir una mala conducta.
  • El retraso en las tareas acordadas dará lugar a medidas disciplinarias por parte del personal directivo de la empresa.

Hay varias acciones que serían consideradas una infracción muy grave por parte de un empleado, y generalmente se establecen en el contrato del empleado.

En términos generales, si un empleado comete una falta muy grave, el empleador puede proceder con un despido disciplinario. Sin embargo, esto no siempre es así, ya que puede haber otras circunstancias atenuantes a tener en cuenta.

Artículo 54. Despido disciplinario

  1. El contrato de trabajo puede ser rescindido por el empleador mediante un despido basado en una falta grave y culposa del trabajador.
  2. Son considerados incumplimientos contractuales:
  3. Las ausencias o tardanzas reiteradas e injustificadas al trabajo.
  4. El trabajo que no es realizado según las normas.
  5. Ofender las personas que trabajan en la empresa o sus familiares directos.
  6. La confianza es muy importante a la hora de firmar contratos y en todo tipo de actividades laborales.
  7. Una reducción en el compromiso de trabajo por parte de un empleado, mantenimiento regular o convenido.
  8. Fácilmente se alteran emocional y/o social y/o laboralmente por embriaguez.
  9. El acoso por motivos de origen racial o étnico, religión, convicciones, discapacidad (y) edad y el acoso sexual están prohibidos para un empleador y las personas que trabajan en una empresa.

¿Se puede cobrar el paro tras un cese laboral?

Si se considera nulo el despido, o lo es y la empresa opta por readmitir a las personas despedidas, aquellos trabajadores quedaran en situación legal de desempleo.

La ley establece que después de un despido disciplinario, un trabajador puede recibir prestaciones por desempleo, incluso si se trata de un despido objetivo calificado.

Normalmente, cuando un trabajador es despedido por motivos disciplinarios según la legislación española, el trabajador tiene que haber trabajado el tiempo necesario (dos años) y no puede tener ninguna deuda con su empresa, entonces tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.

El período de tiempo depende del Crédito de Pagos del Seguro Social y la cantidad de contribuciones anuales pagadas por el empleador en combinación con los salarios del empleado.

Por solido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies